sábado, 31 de octubre de 2009

Jefe del Estado firma Proyecto de Ley para crear Ministerio de Cultura

Lima, oct. 31 (ANDINA).-

El presidente Alan García Pérez firmó en Palacio de Gobierno el proyecto de ley que crea, organiza y establece las funciones del Ministerio de Cultura, primero en la historia del país, para ser remitido al Parlamento.
El mandatario señaló que este ministerio será responsable de la política estatal en la materia, la promoción de las diferentes manifestaciones culturales del país, y salvaguardar el patrimonio cultural de la Nación.
También tendrá a su cargo los sistemas de museos, bibliotecas y archivos, y dará incentivos al sector privado para participar en su promoción y conservación.
García Pérez dijo que debido a la rica historia que ha tenido el país, conviven en su territorio diversas manifestaciones culturales, que es deber del estado preservar y promocionar.
"Si hay una nación que requiere un ministerio de Cultura es nuestra patria", aseveró.

En el acto estuvieron presentes el presidente del gabinete ministerial, Javier Velásquez; y el ministro de Educación, José Antonio Chang.

viernes, 30 de octubre de 2009

Carta al Canciller de la República

Lima, 28 de octubre de 2009

Señor Doctor
José Antonio García Belaúnde
Ministro de Relaciones Exteriores
PRESENTE


Estimado señor Ministro,

A través de la presente, lo saludamos cordialmente y le expresamos el saludo y reconocimiento de la Coalición Peruana para la Diversidad Cultural con motivo de la designación del Perú como miembro del Consejo Ejecutivo de la UNESCO que, como bien lo manifestó usted recientemente, constituye un honor para nuestro país pero, además, significa también una importante responsabilidad, pues tendrá la oportunidad de participar durante dos años, en la dirección y ejecución de las políticas que aplica la UNESCO a favor de la educación, la ciencia y la cultura e intervendrá en la evaluación de los procesos de aplicación de los programas adoptados por la Conferencia General de este importante organismo internacional.

Como usted conoce, la Coalición Peruana para la Diversidad Cultural viene trabajando ardua y decididamente para que en el Perú se implemente la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (UNESCO, París, 2005), instrumento que fue aprobado por el Estado peruano mediante Resolución Legislativa Nº 28835 del 19 de julio de 2006, ratificada por el Decreto Supremo Nº 047-2006-RE del 25 de julio del mismo año, cuyo objetivo central es la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales, que se manifiesta en la creación de condiciones para que las culturas prosperen y se desarrollen libremente, en el fomento del diálogo entre las culturas y en la promoción del respeto de la diversidad de las expresiones culturales. Sobre este particular, hemos solicitado a la Presidencia del Consejo de Ministros y al Instituto Nacional de Cultura, nos brinden información sobre las acciones emprendidas por el Estado peruano con tal fin, pero no hemos recibido respuestas concretas sobre el tema.

Entendemos, señor Ministro, que es responsabilidad ineludible del Gobierno, realizar las acciones correspondientes tanto para atender los compromisos internacionales asumidos por el Perú, cuanto para cumplir las funciones que la Constitución Política y las leyes vigentes nacionales le encargan en los asuntos culturales y en la protección y defensa del patrimonio cultural de la Nación y con más relevancia ahora, que se esta asumiendo un puesto dentro del Consejo Ejecutivo de la UNESCO.

En este sentido, y por la consideración antes anotada, acudimos nuevamente a su Despacho para expresarle nuestra preocupación por las recientes propuestas del Poder Ejecutivo (Proyecto de Ley Nº 3464/2009-PE), el mismo que originó inmediato rechazo de nuestra Coalición, de intelectuales y especialistas y de otras organizaciones de la sociedad civil en su conjunto y, pese a que se ha desestimado en el Poder Legislativo, resulta alarmante la citada propuesta pues no se condice con el respeto e implementación de las Convenciones y Tratados de UNESCO con relación a la protección y promoción de nuestras culturas y el patrimonio cultural de la Nación, como también ocurre con otras normas dictadas por el Poder Ejecutivo


recientemente. Nos referimos al Decreto Legislativo Nº 1003, de 2 de mayo de 2008, que dispone que no se requiere autorización previa del INC para la ejecución de obras que involucren bienes del Patrimonio Cultural de la Nación, cuando se trate de Concesiones de Obras Públicas de Infraestructura y Servicios Públicos y en casos de Concesiones de Obras destinadas a ampliación, mejoramiento, rehabilitación y operación de mantenimiento de infraestructura preexistente, así como al D.S. Nº 009-2009-ED expedido el 19 de agosto de este año, que establece que para la elaboración de los Proyectos de Evaluación Arqueológica para el desarrollo de proyectos de inversión de obras públicas y privadas no se requiere autorización del Instituto Nacional de Cultura, y en los proyectos de inversión pública, así como los declarados de necesidad nacional y/o de ejecución prioritaria, para la expedición del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA), solamente se requerirá la supervisión del INC y la presentación de un plan de monitoreo arqueológico, indicando además que, excepcionalmente, en los proyectos de inversión pública, así como los declarados de necesidad nacional y/o de ejecución prioritaria, sobre la infraestructura preexistente, no será necesaria la expedición del CIRA, sino la presentación de un plan de monitoreo arqueológico.

Ambos dispositivos, modifican sustancialmente el artículo 30 de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - Ley Nº 28296, pero también importan graves vulneraciones a las disposiciones del artículo 22 de la misma ley, así como al artículo 41 de su Reglamento, aprobado por el D.S. Nº 011-2006-ED, dejando absolutamente desprotegido el patrimonio arqueológico del país, advirtiéndose la posibilidad de que se produzca, en lo inmediato, una destrucción devastadora de sitios arqueológicos como consecuencia de las obras gubernamentales en todo el Perú. Pero además y sobre todo, se están vulnerando disposiciones constitucionales fijadas como protectoras del patrimonio cultural de la Nación y que están expresadas en el artículo 21 de nuestra Constitución Política. También se están incumpliendo los acuerdos de la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural, sancionada en Paris el 16 de noviembre de 1972, aprobada por el Perú mediante Resolución Legislativa Nº 23349 del 21 de diciembre de 1981 y ratificada el 24 de febrero de 1982 (específicamente el artículo 5 de este instrumento universal, que establece que con el objeto de garantizar la protección y conservación eficaces y revalorizar lo mas activamente posible el patrimonio cultural y natural situado en los territorios de los Estados Partes y en las condiciones adecuadas a cada país, cada uno de los Estados Partes procurará dentro de lo posible adoptar una política general encaminada a atribuir al patrimonio cultural y natural una función en la vida colectiva y a integrar la protección de ese patrimonio en los programas de planificación general, lo que evidentemente se está inobservando totalmente.

Hay varios casos que merecen ser examinados, puesto que bajo el amparo de los dispositivos antes referidos, las obras civiles “autorizadas”, públicas y privadas, que se vienen ejecutando, estarían poniendo en grave peligro a importantes vestigios arqueológicos, como el caso del Centro Histórico del Cusco, los tramos del Qhapaq Ñan en Huanucopampa, el Complejo Arqueológico de Puruchuco, entre otros.

Es nuestro sentir, manifestarle que la Coalición Peruana para la Diversidad Cultural considera que es urgente para el país detener actos de agresión contra el patrimonio cultural de la Nación; por el contrario, es de vital importancia para la conservación, protección y defensa de los bienes patrimoniales fortalecer a las instituciones tutelares y crear el Ministerio de Cultura, que permita tener una voz que hable por todas las culturas del Perú en el Consejo de Ministros y que haga posible que se le dé a la

cultura la misma jerarquía de poder que se le entrega a la economía y a otros sectores. Sólo así será posible definir el desarrollo cultural de todos los pueblos y comunidades que habitan en el territorio nacional.
Permítanos ofrecer nuestro apoyo como sociedad civil para construir políticas culturales participativas e implementarlas coordinadamente, con responsabilidad y en la convicción de entender que en materia de política cultural no hay un compromiso exclusivo del Gobierno, sino que estamos involucrados todos: profesionales, obreros, artistas, estudiantes, empresarios, políticos, etc. Nadie es, ni está, ajeno a la Cultura. Finalmente, le solicitamos una entrevista con el objeto de exponer con detalle y precisión nuestras demandas e intercambiar opiniones que, estamos seguros, aportarán al trabajo conjunto para el fortalecimiento de nuestra identidad cultural, la conservación y defensa del patrimonio cultural de la Nación y el desarrollo integral que todos deseamos para nuestro país.
Atentamente,

(Fdo.)
Elvira de la Puente Haya
D.N.I. 07551700

María Elena Córdova Burga
D.N.I. 17802599

Leonor Cisneros Velarde
D.N.I. 06068928

Mario Rivas Quiñónes
D.N.I. 06657337

Hugo Vallenas Málaga
D.N.I. 06260755

Pilar Zúñiga de Montalván
D.N.I. 07241750

Jorge Delgado Valdivieso
D.N.I. 07180642

Rubén Baldeón Gutiérrez
D.N.I. 07877645

Guillermo E.Rivas Romero
D.N.I. 08250446

p. Comité de Gestión
Coalición Peruana para la Diversidad Cultural
Contactos:
coaperuana.diversidadcultural@gmail.com

coalicionperu_diversidadcultural@yahoogroups.com
http://www.coalicionperuanadiversidadcultural.blogspot.com

jueves, 8 de octubre de 2009

Informe de Ma.Elena Córdova sobre el Proyecto de Ley Nº 3464/2009-PE y el Decreto Supremo Nº 009-2009-ED

Sobre el Proyecto de Ley Nº 3464/2009-PE y el Decreto Supremo Nº 009-2009-ED

Ma. Elena Córdova

Varias organizaciones comprometidas con la conservación del patrimonio cultural de la Nación y el desarrollo cultural de todos los pueblos que habitan en el territorio peruano, destacados intelectuales, profesionales de distintas especialidades y también la ciudadanía en general, identificados con el mismo sentimiento de rechazo a cualquier propuesta contraria a los principios que rigen la conservación del patrimonio cultural, se pronunciaron en contra del Proyecto de Ley 3464 presentado por el Poder Ejecutivo el 4 de setiembre de este año y del Decreto Supremo Nº 009-2009-ED emitido el 19 de agosto del presente año. Nuestra posición se basa en que la propuesta del Ejecutivo es: a) Contraria a la Constitución, a las Leyes nacionales y a los Tratados y Convenciones internacionales, sobre la materia, ratificados por el Perú; y b) Es absolutamente lesiva a la conservación del patrimonio cultural de nuestro país.

El Instituto Nacional de Cultura, que es uno de los organismos competentes del Estado en conservación, identificación, declaración, administración, promoción y protección, entre otros, del patrimonio cultural, también hizo pública su posición oficial de rechazo sólo al Proyecto de Ley 3464. No conocemos si tiene alguna posición oficial con respecto al D.S. 009/2009.

Frente a los pronunciamientos señalados, se difundieron también algunas opiniones contrarias y en favor del Proyecto de Ley 3464.

Esta mañana fuimos informados que la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura, Patrimonio Cultural, Juventud y Deportes del Congreso de la República decidió, por mayoría, archivar el Proyecto de Ley, decisión que celebramos. Prevaleció la sensatez y la comprensión sobre la importancia que tiene para el país la defensa y conservación de su patrimonio cultural. De modo que no profundizaremos en análisis de las argumentaciones que pretendían sostener al Proyecto de Ley 3464 -archivado- pero si hacemos un llamado a repensar con seriedad sobre los peligros que puede ocasionar una propuesta de ley mal construida y también a activar nuestra responsabilidad para ejercitar los derechos que como organizaciones y como ciudadanos nos corresponden para exigir, siempre, respeto por los derechos culturales de todos y a mantenernos vigilantes ante futuras agresiones.

Queda pendiente la vigencia del Decreto Supremo Nº 009-2009-ED, que es contrario a las disposiciones sustantivas sobre conservación de patrimonio cultural, a las que nos referiremos más adelante, además de atentatorio para la integridad del patrimonio arqueológico del país. En esencia propende la disminución del patrimonio cultural de la Nación. La noticia aparecida en espacios de Internet dando cuenta de la destrucción de tramos del Qhapaq Ñan en Huanucopampa, debe darnos una idea cercana de lo que puede ocurrir con el patrimonio arqueológico si esta disposición continúa vigente.

El referido Decreto Supremo establece entre otras regulaciones que:

a) Para la elaboración de los Proyectos de Evaluación Arqueológica (PEA) para el desarrollo de proyectos de inversión de obras públicas y privadas no se requiere autorización del Instituto Nacional de Cultura.
La aprobación de los informes finales de los Proyectos de Evaluación Arqueológica por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología se realizará en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles, contados desde su recepción por el Instituto Nacional de Cultura. Transcurrido dicho plazo sin que exista un pronunciamiento de la entidad, se aplicará el silencio administrativo positivo a la aprobación del Informe Final del Proyecto de Evaluación Arqueológica, quedando autorizado el titular del proyecto a iniciar la tramitación del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos - CIRA; en caso de existir observaciones al citado Informe Final, el titular del proyecto tendrá un plazo no mayor de cinco (5) días calendario para subsanarlas, de lo contrario se incurre en abandono.

b) En los proyectos de inversión pública, así como los declarados de necesidad nacional y/o de ejecución prioritaria, para la expedición del CIRA, solamente se requerirá la supervisión del INC y la presentación de un plan de monitoreo arqueológico.
Excepcionalmente, en los proyectos de inversión pública, así como los declarados de necesidad nacional y/o de ejecución prioritaria, sobre la infraestructura preexistente, no será necesaria la expedición del CIRA, sino la presentación de un plan de monitoreo arqueológico.

De acuerdo con estas disposiciones, no se necesita de la autorización del INC para la elaboración de los PEA, pero sí debe aprobar los informes finales de estos proyectos en 30 días. Es decir, los presupuestos de supervisión y de verificación de la evaluación arqueológica, -que realizarán los inversionistas y concesionarios libremente-condiciones ineludibles para que los organismos competentes cumplan su función tutelar y protectora y de defensa del patrimonio arqueológico, quedan absolutamente retirados del proceso, de modo que los inversionistas y concesionarios pueden actuar arbitrariamente, por supuesto de acuerdo a sus intereses particulares y no en concordancia con los intereses de la Nación.

Del mismo modo, la citada norma establece que en los proyectos de inversión pública y en los declarados de necesidad nacional y/o de ejecución prioritaria, sólo se requiere la supervisión del INC y la presentación de un plan de monitoreo arqueológico para la expedición del CIRA. Es decir, el requisito de la evaluación arqueológica, necesario para determinar la existencia o no de restos arqueológicos, es sustituido por un plan de monitoreo arqueológico, lo que evidentemente explica la destrucción de sitios y yacimientos arqueológicos que desafortunadamente pudieran estar ubicados en el trazo o trayectoria de los proyectos de inversión pública -como es el caso de los tramos del Qhapaq Ñan de Huanucopampa-

El actuar del Ejecutivo, en asuntos del patrimonio cultural, es una vez más incomprensible, contradictorio e incongruente, sin el menor sentido. Por un lado el INC -que es parte de esta administración gubernamental- está comprometiendo esfuerzos desde hace varios años para proponer la candidatura del Qhapaq Ñan como patrimonio mundial, junto a Bolivia, Ecuador, Chile, Argentina y Colombia. Vienen sosteniendo varias reuniones técnicas en distintos países y con el acompañamiento de la UNESCO (la última reunión se realizó en Lima a finales del mes de julio de este año) y ahora en plena gestión de la candidatura, el mismo Ejecutivo, sin atender o conocer (que sería peor) lo que está fomentando a través de su organismo técnico, el INC, permite la destrucción -con dinamita- de tramos del “camino principal andino”, que precisamente está proponiendo sea declarado como Patrimonio de la Humanidad.

Como hemos podido advertir, tanto del Proyecto de Ley archivado, como del D.S. 009 vigente, aparece que el patrimonio cultural de la Nación se constituye en una traba para los inversionistas, en otras palabras, en una traba para el desarrollo. Esto nos recuerda la concepción que se manejaba en los años 50 sobre la relación desarrollo - cultura. El concepto de desarrollo, como sabemos, ha experimentado varias transformaciones. Para precisar nuestros conceptos, haremos un breve repaso de las principales, sin perder de vista, que cada vez son más variadas y diversas las formas de comprenderlo. En la década de los 50, predominaba un concepto de desarrollo que tenía como meta el crecimiento económico, más adelante, en los 80, se impone el concepto de desarrollo humano y luego, especialmente gracias a la realización de la Cumbre de Río llevada a cabo en 1992, se empieza a definir el desarrollo sostenible, dentro del cual la cultura juega un papel esencial, como lo establece el Plan de Acción de Estocolmo de 1998, que afirma: “el desarrollo sostenible y el auge de la cultura dependen mutuamente”.

Es claro que las transformaciones de la relación entre cultura y desarrollo se producen en el tiempo y en el espacio donde ambos coexisten. Esta relación se presenta compleja y difícil, en la medida que la cultura tiene que ganar espacios de comprensión en las agendas políticas que aún hoy -lo estamos viendo- no se entiende su aporte en los programas y proyectos de desarrollo.

Cuando el desarrollo se medía en términos de crecimiento económico -como lo hemos ya señalado, en los años 50- la cultura era vista, en algunos casos, como un obstáculo que podía desacelerar los ritmos del progreso. Sobre este particular, encontramos en el documento elaborado por el equipo encargado del Proyecto Observatorio de Políticas Culturales del Ministerio de Cultura de Colombia, a raíz del Primer Seminario Hemisférico de Expertos sobre Diversidad Cultural, realizado en Vancouver en marzo de 2002 para discutir sobre la cultura como finalidad del desarrollo, la alusión a un texto de las Naciones Unidas de 1951 que señalaba: “Hay un sentido en el que el progreso económico acelerado es imposible sin ajustes dolorosos. Las filosofías ancestrales deben ser erradicadas; las viejas instituciones sociales tienen que desintegrarse; los lazos de casta, credo y raza deben romperse; y grandes masas de personas incapaces de seguir el ritmo del progreso deberán ver frustradas sus expectativas de una vida cómoda. Muy pocas comunidades están dispuestas a pagar el precio del proceso económico.”

Esta concepción del desarrollo, terrible como pudo constatarse en la mayoría de los países de América, produjo desigualdad y miseria, puso en riesgo la sostenibilidad de múltiples culturas y en algunos casos fomentó su homogeneización. Hoy, advertimos con preocupación y rechazo que estas concepciones vuelven a ganar espacio en el Perú y pueden generar situaciones tan o más terribles que en los años 50, produciendo verdaderos retrocesos con la grave consecuencia de disminuir el patrimonio cultural de los peruanos, debilitar su identidad cultural y personalidad histórica y anular a las instituciones tutelares del Estado -como el INC- so pretexto de facilitar los canales para el “desarrollo” y el “progreso” del país, entendidos claro está, en el mismo sentido retrógrada de la década del 50.

Como se ha manifestado en muchas ocasiones y se viene aceptando en todas las sociedades de este siglo, la cultura, cada vez más, gana relevancia en los procesos de formulación de políticas públicas y dentro de los planes de desarrollo; es evidente hoy, que la cultura comienza a aparecer formulada tanto como un componente transversal y como un sector especifico, inevitablemente presente en toda la actividad productiva. Así, es posible encontrar tanto políticas públicas que entiende el desarrollo como una manera de afirmar los procesos sociales y culturales, como también políticas culturales específicas que abordan temas diversos como el patrimonio cultural, las artes, las industrias culturales, entre muchos otros temas.

Hoy entendemos que el desarrollo es éticamente justificable sólo si es sostenible cultural y ambientalmente, si en su formulación se tienen en cuenta las diferencias culturales y la diversidad biológica. Solamente en este sentido podemos considerar que el desarrollo es positivo, cuando éste se concibe y construye a partir de la interacción entre las distintas culturas y cuando se asegura que los procesos de planeación son colectivos y expresan los sueños y las identidades de los agentes que son involucrados. Es posible entonces afirmar que el desarrollo deja de ser un fin en sí mismo y la cultura en lugar de ser un medio para alcanzarlo, se reafirma como la finalidad última del desarrollo.

Si esto es así, entonces que es lo que está ocurriendo en el Perú. Las políticas culturales son las que se impulsan directamente desde lo que se reconoce en algunos países como sector cultural, pero a pesar de que en muchos países el sector cultural interactúa con los demás sectores gubernamentales en la formulación de los planes de desarrollo, aún hace falta trabajar para definir con mayor claridad esta participación y los niveles que alcanza. Por una parte, se trata de que la cultura no sea vista como un componente más, sino como la finalidad última del desarrollo; y por otra, de que los intereses propios de las culturas tengan un papel preponderante en los procesos de planificación. Este propósito obliga, por supuesto, a valorar la participación de la sociedad civil en dichos procesos y a garantizar la vinculación efectiva entre éstos y las tomas de decisión. En este sentido y como lo propone el citado Plan de Estocolmo, es preciso que toda política para el desarrollo sea profundamente sensible a la cultura misma, propósito que implica de parte de los ministerios de cultura y de las instituciones responsables de las políticas culturales nacionales, la construcción de nuevos canales de comunicación con otros sectores de desarrollo y del gobierno, para proveer de sentido a las políticas publicas y establecer articulaciones que fomenten la comprensión del desarrollo como un proceso cultural.

Nada de lo explicado ha sido considerado por el Poder Ejecutivo, en su afán de privilegiar las inversiones para facilitar el “desarrollo” y el “progreso”, está inhibiendo su responsabilidad con la conservación del patrimonio cultural de la Nación y con el respeto de los derechos culturales de todos.

Legislación vulnerada

La Constitución Política (art. 21) que dispone: “los bienes culturales expresamente declarados y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado”.

Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, promulgada el 21 de julio de 2004 y publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 22 del mismo mes y año, que establece las políticas nacionales de defensa, protección, promoción, propiedad y régimen legal y el destino de los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación y las normas de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 1º de junio de 2006, que tiene como finalidad normar la identificación, registro, inventario, declaración, defensa, protección, promoción, restauración, investigación, conservación, puesta en valor, difusión y restitución, así como la propiedad y el régimen legal de los bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación.

Cuando menos, las siguientes Convenciones Internacionales ratificadas por el Perú: La Convención de Viena sobre Tratados de las Naciones Unidas, que establece que los Estados no pueden eximirse de cumplir sus obligaciones internacionales alegando normas de su derecho interno o vacío de la ley; la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural (Paris, 16 de noviembre de 1972), aprobada por el Perú mediante Resolución Legislativa Nº 23349 del 21 de diciembre de 1981 y ratificada el 24 de febrero de 1982, la misma que establece como obligación de los Estados la identificación y delimitación de los bienes situados en sus territorios y ejercitar las acciones orientadas a garantizar su protección y conservación eficaces; la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (UNESCO, París, 2005), que el Perú aprobó mediante Resolución Legislativa Nº 28835 de 19 de julio de 2006, ratificada por el Decreto Supremo Nº 047-2006-RE de 25 de julio del mismo año, cuyo objetivo central es la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales, considerándose además otros objetivos como: la creación de condiciones para que las culturas prosperen y se desarrollen libremente, el fomento del diálogo entre las culturas y promover el respeto de la diversidad de las expresiones culturales.

Los instrumentos internacionales siguientes:

· La Carta de Atenas – Conservación de Monumentos de Arte e Historia (Conferencia Internacional de Atenas, Grecia, 1931), que contiene recomendaciones generales orientadas a la conservación del patrimonio artístico y arqueológico de la Humanidad. Una de sus más relevantes recomendaciones es que todos los Estados publiquen un inventario de los monumentos nacionales que poseen. Cabe señalar que los representantes de los países que asistieron a la Conferencia, emitieron un voto para que los educadores se empeñen en habituar a la infancia y a la juventud en el respeto y protección de los testimonios de todas las civilizaciones.
· La Carta de Venecia – Carta Internacional para la Conservación y Restauración de Monumentos y Sitios (II Congreso Internacional de Arquitectos y Técnicos en Monumentos Históricos, Venecia, 1964), que establece los principios que deben presidir la conservación y restauración de los monumentos, recomendando que cada nación aplique dichos principios en el marco de su propia cultura y de sus tradiciones.
· La Carta Internacional para la Gestión del Patrimonio Arqueológico - (ICOMOS, Lausana, Suiza, 1990), que establece los principios aplicables a los distintos sectores relacionados con la gestión del patrimonio arqueológico. Incluyendo las obligaciones de las administraciones públicas y de los legisladores, las reglas profesionales aplicables a las labores de inventario, prospección, excavación, documentación, investigación, mantenimiento, conservación, preservación, restitución, información, presentación, acceso y uso público del patrimonio arqueológico, así como de las cualidades del personal encargado de su protección.
· La Carta de Burra para Sitios de Significación Cultural (ICOMOS, Australia, 1999). Este documento otorga una guía para la conservación y gestión de los sitios del patrimonio cultural, incluyendo los naturales, indígenas e históricos. Fue sometida a tres actualizaciones: el 23 de febrero de 1981, el 23 de abril de 1988 y el 26 de noviembre de 1999.
· La Carta del Patrimonio Vernáculo Construido (ICOMOS, México, 1999), que establece principios para el cuidado y protección del Patrimonio Vernáculo, que es la expresión fundamental de la identidad de una comunidad, de sus relaciones con el territorio y al mismo tiempo, la expresión de la diversidad cultural del mundo.
· La Carta Internacional sobre Turismo Cultural – La Gestión del Turismo en los sitios con Significación Cultural (ICOMOS, México 1999), cuyos principales objetivos son: Facilitar y animar a cuantos están involucrados en la gestión y conservación del patrimonio para que transmitan su importancia tanto a la comunidad anfitriona como a los visitantes; facilitar y animar a la industria del turismo para que éste se promueva y gestione con la finalidad de respetar y acrecentar el patrimonio y las culturas vivas de las comunidades anfitrionas; facilitar y animar el diálogo entre los intereses de la conservación del patrimonio y los intereses de la industria del turismo, acerca de la importancia y frágil naturaleza de los sitios con patrimonio, sus variados objetos y sus culturas vivas, incluyendo la necesidad de lograr un desarrollo sostenible para ambos, entre otros.
· La Carta de Cracovia – Principios para la Conservación y Restauración del patrimonio construido (Conferencia Internacional sobre Conservación, Cracovia, 2000). Propone principios para la conservación y restauración del patrimonio edificado, siguiendo las pautas y espíritu de las recomendaciones internacionales de la Carta de Venecia.

En nuestra opinión, no existe incompatibilidad entre el desarrollo y progreso de los pueblos, con la conservación y preservación del patrimonio cultural. En este sentido, dotar a los pueblos del Perú de luz, agua y carreteras, como lo señala el señor Velásquez Quesquén “es bueno”, como también debiera serlo la conservación y preservación del patrimonio cultural nacional.

Queremos referirnos finalmente a la Constitución de 1979, que tiene un preámbulo de notable significado, que incluye una declaración de principios en relación al patrimonio cultural y a los valores culturales que identifican al Perú. Uno de los parágrafos del citado preámbulo expresa: “Animados por el propósito de mantener y consolidar la personalidad histórica de la Patria, síntesis de los valores egregios de múltiple origen que le han dado nacimiento; de defender su patrimonio cultural; y de asegurar el dominio y preservación de los recursos naturales”. Como puede entenderse esta declaración de principio evidentemente ha sido ignorada totalmente por la propuesta del Poder Ejecutivo, y aunque no está vigente el texto legal constitucional de 1979, continúa vigente el principio protector y lo profundo de su significado.

Lima, 7 de octubre de 2009.

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Bibliografía consultada:

Legislación cultural peruana e instrumentos internacionales sobre conservación de patrimonio cultural.

UNESCO, 1998. Plan de Acción sobre Políticas Culturales para el Desarrollo, Conferencia Intergubernamental sobre Políticas Culturales para el Desarrollo, Estocolmo.

G. REY, 2002. Modos de ser, maneras de soñar - retos para una agenda de políticas públicas de las Américas en cultura, Documento de la primera reunión de ministros y altas autoridades de cultura en el ámbito de CIDI - Organización de Estados Americanos, Bogotá: Ediciones Ministerio de Cultura de Colombia.

IPAE, 38 CADE, 2000-2001. “Perú: ¿En qué país queremos vivir? La apuesta por la educación y cultura. Tomos I y II, Lima.

UNIVERSITAT JAUME I, 2006. La agenda 21 de la cultura: un instrumento para el desarrollo: principios, metodologías y estrategias para su implantación en el territorio, Castellón de la Plana.

Informe sobre sesión de la Comisión de Educación del Congreso del martes 29 de setiembre de 2009

Estimados amigos,

Como es de vuestro conocimiento, quienes suscribimos este informe, asistimos invitadas a la sesión de la Comisión de Educación Ciencia, Tecnología, Cultura, Patrimonio Cultural, Juventud y Deportes del Congreso de la República, realizada el día martes 29 de setiembre de 2009. Estas son nuestras apreciaciones:

En la Sala Bolognesi del Congreso de la República, aproximadamente a las 9.30 a. m., se dio inicio a la sesión de la Comisión con la concurrencia de los señores congresistas: Werner Cabrera Campos (Presidente de la Comisión), Olga Cribilleros Shigihara (Vicepresidenta), Oswaldo Luizar Obregón, Luis Galarreta Velarde, Luciana León Romero, José Mallqui Beas, Edgar Núñez Román, Cenaida Uribe Medina y Rafael Vásquez Rodríguez (Miembros).

El Presidente de la Comisión, verificó que había el quórum reglamentario y dio por iniciada la sesión.

Al abordar el tema del Proyecto de Ley Nº 3464/2009-PE, el Presidente dispuso se escuche las exposiciones que estaban contempladas en Agenda, que estuvieron a cargo del Director de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional de Cultura, Dr. Luis Francisco Valdivia, en representación de la Directora, Dra. Cecilia Bákula, quien se encontraba de viaje en México, y el Dr. Hugo Ludeña Restaure, en representación del Colegio de Arqueólogos del Perú. Ambos expositores plantearon ante la Comisión la postura oficial, tanto del INC como del COARPE, sustentando ampliamente su desacuerdo con el Proyecto de Ley Nº 3464/2009-PE, precisando las razones técnico – jurídicas y la naturaleza y calidades de los bienes culturales, que demandan especialización para su declaración como tales, concluyendo en manifestar la impertinencia de la propuesta.

Terminadas las exposiciones, cuando se iba a dar inicio al debate correspondiente para definir el destino de la propuesta del Ejecutivo, los representantes parlamentarios del partido de gobierno Olga Cribilleros, Luciana León y Edgar Núñez se levantaron de la mesa de sesiones, retornando solamente las congresistas Cribilleros y León. La congresista Luciana León pidió la palabra para solicitar que antes del debate se invite al Ministro de Educación a exponer ante la Comisión para conocer su opinión sobre el Proyecto de Ley. El congresista Galarreta y otros se opusieron señalando que ya el INC, que era la institución competente sobre la materia, había manifestado su posición. La congresista Cribilleros intervino para apoyar el pedido de la congresista León solicitando se invite al Ministro de Educación para conocer la opinión del Ejecutivo sobre el tema.

Era evidente el ánimo en la mayoría de congresistas asistentes de rechazar el Proyecto de Ley y recomendar su improcedencia y archivo, como estaba planteado en el dictamen al que dio lectura el Secretario Técnico de la Comisión. Se manifestaron en ese sentido varios de los congresistas presentes (Cenaida Uribe, Rafael Vásquez Rodríguez, Oswaldo Luizar Obregón). El congresista Luizar invocó a los miembros de la Comisión a someter el dictamen a votación de inmediato.

En ese momento, las congresistas Cribilleros y León abandonan la sala, produciéndose en consecuencia falta de quórum para votar. Cabe indicar que los miembros titulares de esta Comisión son 16 congresistas, de los cuales asistieron solamente los 9 nombrados al inicio de este informe. Ante la falta del quórum reglamentario, el Presidente de la Comisión decidió continuar como Sesión Informativa viendo algunos otros temas y luego dio por concluida la sesión, señalando que el debate quedaba suspendido.

Frente a los hechos que hemos detallado, consideramos que es necesario continuar vigilantes al desenlace que debe producirse en la sesión de la próxima semana e insistir en un Segundo Pronunciamiento público como Coalición. Nos hemos permitido redactar un texto que adjuntamos.

Igualmente, hemos considerado que sería conveniente hacer de conocimiento de la Defensoría del Pueblo y de la Representante de UNESCO en el Perú, las graves consecuencias que el Proyecto de Ley, de aprobarse, traería para la integridad del Patrimonio Cultural de nuestro país.

Lima, 30 de septiembre de 2009



Elvira de la Puente Haya
Leonor Cisneros Velarde
María Elena Córdova Burga

viernes, 2 de octubre de 2009

ADHESIONES A NUESTRO PRONUNCIAMIENTO

Elvira de la Puente Haya
DNI 07551700

María Elena Córdova Burga
DNI 17802599

Leonor Cisneros Velarde
DNI 06068928

Rubén Baldeón Gutiérrez
DNI 07877645

Hugo Vallenas Málaga
DNI 06260755

Juan Pacheco Enciso
DNI 07010460

Max Gutiérrez Lucchina
DNI 07826148

Mercedes Bustos Iván
DNI 08236936

Rubén Reátegui Sánchez
DNI 10271418

René Weber Waser
DNI 07833753

Stefan Kaspar Bartschi
CE 000449124

Jorge Delgado Valdivieso
DNI 07180642

Pilar Zúñiga Dulanto
NI 07241750

Fernando Montalván
DNI 07241749

Alfredo Vanini Benvenuto
DNI 07194079

Pedro Mario Rivas Quiñones
DNI 06657337

Patricia Pilar Hernández Durán.
DNI 06639505

Fidel Eduardo Olivera de la Cruz
DNI 41465399

Graciela Cerna Boza
DNI 15681207

Tito Livio Agüero Vidal
DNI 09148579

Jorge Carrasco Carrión
DNI 15854123

André Samplonius
DNI 07184951

Carlos Grandez
DNI 07531030

Raúl Haya de la Torre
DNI 07719051

Víctor Raúl Bernuy Neyra
DNI 25595424

Enrique Cox Cassinelli
DNI 07783949

Fernando Arias Vera
DNI 06761977

Ida Marquina de Quinteros
DNI 07959953

Saby Elizabeth Zaldívar Díaz
DNI 41189832

Pedro Antonio Guerrero Rodríguez
DNI 08112457

Eduardo Aste Téllez
DNI 25460718

Alejandro Cruz Espinoza
DNI 06179640

Santos Sixto Saavedra Romero
DNI 07320382

Jhony Alfredo Robles Anchante
DNI 15678196

Pascual Luza Centeno
DNI 10284792

Elsa Ramírez Vargas
DNI 07942205

Ramón Espejo Rodríguez
DNI 08806979

María Lanatta Pino
DNI 07222022

Giovanna Villarreal Sánchez
DNI 09480481

Ernesto Tapia Silva
DNI 07856095

Maryssa Pérez Padilla
DNI 18011322

Carmen María Bernuy Neira
DNI 25595421

Jesús Bernuy Neira
DNI 25625931

Rodolfo Polanco Vargas
DNI 25664521

Ytalo Cassallo Goyeneche
DNI 06039745

Juan Gustavo Retamozo Motta
DNI 07572379

Jorge Luna Morán
DNI 02690071

Edgar Contreras Zumaeta
DNI 10937934

Emilia Chanamé Castillo
DNI 08852526

Julio Ramos Jiménez
DNI 07966443

Talia Flores M.
DNI 25614655

Alejandro Malasquez
DNI 25471772

José Luis Bernuy Neira
DNI 25595411

Dionisio Juan José Zegarra
DNI 25457879

Alejandro Ortiz Saldarriaga
DNI 07643271

Carlos Romayna Pérez
DNI 08832948

Jesús Neira L.
DNI 25604441

Dante Ramos Rosas
DNI 16753450

Máximo Martínez V.
DNI 09538473

Aurea López
DNI 09675952

Teresa Arana Gonzáles
DNI 08710689

Attila Tibor S.
DNI 07311424

Carlos Cánepa Pachas
DNI 21793922

Flor de María Arroyo Morales
DNI 04372066

Antonio Parodi Buendía
DNI 10804240

Carlos Borea Silva
DNI 21455782

Elsa Barrón Trujillo
DNI 10465216

Máximo Daniel Veranivia M.
DNI 07576845

Miguel Angel Velit
DNI 10169794

Javier Montoro
DNI 01645145

Luis Paredes
DNI 06082181

Giancarlo Huapaya
DNI 40204049

Luis Gustavo Gonzales
DNI 08132041

Miguel Jaramillo V.
DNI 09024624

Mario Ríos Mendoza
DNI 80248929

Karina Castro Vilca
DNI 89643287

Jenifer Salbatier Portugal
DNI 06790354

Carito Huamani Inga
DNI 09679044

Juan Carlos Aguilar Condori
DNI 01312234

Tani Maria Gregorio Nicasio
DNI 43187470

Carmen Lizeth Valencia Merino
DNI 41692846

Olindor Malca Becerra
DNI 09884226

Miguel Chamorro Méndez
DNI 09464473

Gabriel Castillo García
DNI 10563774

Natalie Salhuana Flores
DNI 10386025

Teodelinda Joaneet Araujo Montoya
DNI 27074597

Wilma Toro Soto
DNI 10433673

César Cieza Santillán
DNI 40101166

Dina Atuncar Manrique
DNI 07194921

Guissela Cucho Parra
DNI 08169600

Sugey Mendoza Burga
DNI 17452290

Celina Castro Fanilla
DNI 07174738

Gina Huaytalla Rosales
DNI 20920494

Rosario García Quispe
DNI 09445263

MÁS ADHESIONES A NUESTRO PRONUNCIAMIENTO (vía correo electrónico)

Adhesiones por correo al PRONUNCIAMIENTO de la Coalición Peruana para la Diversidad Cultural sobre la propuesta del Ejecutivo para modificar Artículos de la Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación, retirando facultades al Instituto Nacional de Cultura.
Lima, 16 de Septiembre de 2009

SEGUIMOS RECIBIENDO ADHESIONES AL CORREO:
coaperuana.diversidadcultural@gmail.com


Bianca Casagrande Komel
10271526
bcasagrande@gmail.com

Rafael Santa Cruz
10784268
santacruzperu@yahoo.es

Luis Repetto Malaga
07965615
lrepetto@pucp.edu.pe

Pilar Zúñiga
07241750
musicresciendo@speedy.com.pe

Juan Ernesto Pacheco Enciso
07010460
pacheco.je@pucp.edu.pe

Melanie Pérez Cartier Gardella
07851766
melanieperezcartier@gmail.com

Rodrigo Montoya Rojas
06597135.
r.montoyarojas@gmail.com

Juan José Cabello Arce
07914242
jjcabell@pucp.edu.pe

Christian Velásquez C.
40403933
cvelasquez@grupochaski.org

Guillermo Rivas Romero
08250446
fgrivas@gmail.com

Armando Sánchez Málaga
07785327
osnperu@telefonica.net.pe

Jorge Chiarella Krüger
08786185
jchiarellak@gmail.com

María Elena del Solar Dibós
06645729
medelsol@terra.com.pe

Rafael León Rodríguez
07732214
leonca@telefonica.net.pe

Pilar Flores Dioses
06088826
pilar.floresd@gmail.com

Edgard Guillén
07918903
edgardguillenencasa@hotmail.com

Alberto Durant
07854867
tomata2@yahoo.com

Luis Peirano
07931552
http://mail.google.com/mail/contacts/ui/ContactManager?js=RAW&maximize=true&hide=true&position=absolute&hl=es&emailsLink=true&sk=true&titleBar=false&border=NONE&eventCallback=ParentStub1253630838625&zx=q3r1l-maou2v

Alejandra Alayza Moncloa
06673820
aalayza@cepes.org.pe

Christian Humberto Wiener Fresco
07706719
elchw@yahoo.com

Vicente Otta Rivera
07247992
ottarivera@yahoo.com

Juan José Beteta
10788518
jbeteta73@yahoo.com

Mirtha Correa Alamo
07855251
mirtha@calandria.org.pe

Sonia Céspedes Rossel
07844789
cr.sonia@gmail.com

Ximena Arroyo Seminario
09534146
xximenaas@hotmail.com

Miryam Reategui Espinoza
07236010
mmreategui@yahoo.com

Augusto Tamayo San Román
07772438
atamayo@correo.ulima.edu.pe

María Cristina Chávez-Riva Llerena
08264846
mariacristinaribal@yahoo.es

Nicolás Yerovi
06653380
yerovi@terra.com.pe

Jorge Delgado
07180642
jorgedelgadov@yahoo.es

Stefan Kaspar
C.E.000449124
latinfilms@yahoo.com

Alfredo Ugarte Vega Centeno
01284540
ugartevegacenteno@yahoo.com

Adriana Rivero Cisneros
42597574
arivero@belcorp.biz

Maíta García Trovato
10544156
http://mail.google.com/mail/contacts/ui/ContactManager?js=RAW&maximize=true&hide=true&position=absolute&hl=es&emailsLink=true&sk=true&titleBar=false&border=NONE&eventCallback=ParentStub1253630838625&zx=q3r1l-maou2v

José René Flores Agreda
10544157
rflores@terra.com.pe

Sergio Daniel Flores García
10544158
rflores@terra.com.pe

Rafael Santa Cruz
107 84 268
santacruzperu@yahoo.es

Sonia Seminario
09165329
xximenaas@hotmail.com

Rosamaria Alvarez Gil Heredia
08786557
rosmeag@yahoo.es

Alejandro Rossi Velasco
07235907
rosmeag@yahoo.es

Alvaro Mejía S.
08781917
alvaro_mejia@yahoo.com

José Quezada Macchiavello
joquemac@yahoo.com

Haydée Mauriola Bobadilla
09321626
haydee.mauriola@essalud.gob.pe

Amalia Castelli Gonzales
O7732224
acastel@pucp.edu.pe

Moisés Torres Dantas
05370980
dantasmoises@yahoo.com

Marta Cisneros Velarde
07814265
mcisner@pucp.edu.pe

Fernando LLosa Rojas
10271630
fernandollosarojas@hotmail.com

Carlos Tomás Temoche Varias
08330466
temochev@gmail.com

Mario Zolezzi Chocano
08242379
mzolezzi@yahoo.com

Jimena Lynch Cisneros
10813682
lynchj@otramirada.pe

Carlos O. López Schmidt
06234577
cimarrones@gmail.com

Luis Enrique Gastelú Huacachi
40303677
beatles_02919@yahoo.es

Alejandro Alayza Mujica
06619730
aalayza@cepes.org.pe

Carmen Tocón Armas
32803549
carmentocon2004@yahoo.es

Alvaro Roca-Rey MQ
06368719
alvaro.rocarey@gmail.com

Sara Arbulú Wiener
07786112
iarbulu@mbc.edu

Alfredo Narváez Vargas
17899401
a_narvaez@hotmail.com

Adriana von Hagen
08273535
adrianavonhagen@rednextel.com.pe

Maria Fernández
19803696
mefernandezme@gmail.com

Carmen Rodríguez Arroyo
07324462
arroyovoy@yahoo.com

Alonso Izaguirre Godoy
40022784
buhdah_14@hotmail.com

Eduardo M. San Román Orams
29526045
sanromano@gmail.com

Enrique Herrera
40128669
teatroapu@yahoo.es

Oscar Armando de la Cruz Concha
04082882
odecon@hotmail.com

Marco Bobadilla Linares
09874291
aburni73@hotmail.com

Luz Marina Hermoza Samanez
07787897
mailto:lhermoza@pucp.edu.pe

Juan Carlos Delgado Velásquez
40456918
fashionman79@gmail.com

Jorge Cubas Vargas
08550801
yawarpanacatis@yahoo.es

Maria Rosales Gaspar
09270403
yawarpanacatis@yahoo.es

Alina Canziani Amico
09221931
mobel-tec@canziani.com.pe

Rosa Sophia Rodriguez Ruiz
07450730
rosasophi@cinemaperu.com

Julio César Vega Guanilo
10623269
juliocesarvega@gmail.com

Gonzalo García
08246773
ggarcianunez@mail.com


Celeste Viale Yerovi
08786186
celestevialeyerovi@gmail.com

Luis Guillermo Cortés Carcelén
07253366
gcortes1968@yahoo.com

Herbert Mujica Rojas
06262305
hcmujica@gmail.com

Ricardo Felipe Portocarrero Grados
08739952
portos10@hotmail.com

Walter Emanuel Cier Palomino
44873723
wcierpalomino@gmail.com

Nancy E. Calero la Torre de Dentler
10478735
girazulazo@yahoo.com

Maria Rebeca Ralli Mejía.
07738782
rralli3@gmail.com

José Canziani Amico
06645728
canztriv@terra.com.pe

Camila Mac Lennan Freire
45668658
camilamaclennan@hotmail.com

Victor Pimentel Gurmendi
08805203

Nelson Manrique
07779676
nelson.manrique@gmail.com

Carla Paola Teresa Grillo Hidalgo
10309216
carlagrillo@gmail.com

Adriana Scaletti Cárdenas
10248770
ascaletti@pucp.edu.pe

Eduardo Salinas Bielich
07814266
esalinas@clinicasanfelipe.com

José Alberto Graña Luza
07797517
albertograna@gmail.com

Marco Olivera.
maobeg@yahoo.com

Lorenzo Osores
10271011
lorenzosalvaje@gmail.com

Elías Mujica
07007730
eliasmujica@gmail.com

Bernarda Delgado Elías
17930907
bernardade@hotmail.com

Luis Alberto Del Castillo Pardo
23823002
luerebus@hotmail.com

Juan Raúl Borea Odría
07183705
jrborea@yahoo.com

Eduardo Barrantes Durante
07932428
ebarrantes@terra.com.pe

Alejandro Camino D.C.
acamino@globalheritagefund.org

Sonia Quenés
sonymagdaque@hotmail.com

SEGUNDO PRONUNCIAMIENTO



SEGUNDO PRONUNCIAMIENTO

La Coalición Peruana para la Diversidad Cultural, manifiesta una vez más su profunda preocupación frente a la posibilidad de que se apruebe el Proyecto de Ley Nº 3464/2009-PE, presentado el 4 de setiembre de este año por el Presidente de la República y el Presidente del Consejo de Ministros, pese al pronunciamiento de distintas organizaciones profesionales y de la ciudadanía en general, inclusive del propio Instituto Nacional de Cultura, que han sustentado ampliamente la inconveniencia de la propuesta y lo grave que resultaría para la conservación y preservación del Patrimonio Cultural nacional.

En la sesión de la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura, Patrimonio Cultural, Juventud y Deportes del Congreso de la República, realizada la mañana de ayer, martes 29 de septiembre, los representantes del INC y del Colegio de Arqueólogos han presentado sus informes en contra del Proyecto de Ley. Asimismo, nuestra Coalición y otras organizaciones también han aportado abundante argumentación, la misma que fue alcanzada, oportunamente, y forma parte de los antecedentes del dictamen que la citada Comisión debe someter a votación.

Llamó mucho la atención que, llegado el momento de someter al voto el dictamen y siendo evidente el ánimo en la mayoría de congresistas asistentes de votar por la improcedencia y archivo del proyecto, como estaba planteado en la propuesta de dictamen, los representantes del Partido de gobierno hayan solicitado la presencia del Ministro de Educación como condición para continuar el debate y luego, hayan abandonado la sesión, dejándola sin quórum, impidiendo, por lo tanto, que se someta a votación el destino del Proyecto de Ley, posponiéndose para la siguiente sesión la decisión que deberá adoptar la Comisión.

En este momento, crucial para el destino de los bienes del patrimonio cultural nacional, corresponde expresar una vez más, que no existe incompatibilidad entre el desarrollo y progreso de todos los pueblos, con la conservación y preservación de su legado cultural e histórico. En este sentido, dotar a los pueblos del Perú de luz, agua y carreteras, es algo que todos apoyamos y es más, exigimos la pronta ejecución de programas de atención inmediata de estas necesidades, pero sin sacrificar injustificadamente los bienes del patrimonio cultural de la Nación. Existen soluciones y alternativas viables, de carácter técnico y financiero, por tanto, es absolutamente lógico hacerlas valer y así debe proceder el Poder Ejecutivo.

Es pertinente reafirmarnos en que es deber de todos asumir una posición responsable frente al peligro que encierra el referido Proyecto para la conservación de nuestro Patrimonio Cultural. Por ello llamamos nuevamente la atención de los Congresistas de la República, para que adopten posiciones consecuentes con el interés de la Nación en su conjunto, que se expresen en el cumplimiento de los deberes y obligaciones que la Constitución y las leyes establecen, haciendo valer el derecho de todos los peruanos de salvaguardar el Patrimonio Cultural del Perú.

Corresponde, igualmente, recordar que el Perú es suscriptor de la Convención de Viena sobre Tratados de las Naciones Unidas. Por tanto, de acuerdo con los Artículos 26 y 27 de este instrumento, el Estado Peruano no puede eximirse de cumplir sus obligaciones internacionales alegando normas de su derecho interno o vacío de la ley. El Perú también es suscriptor de otras varias Convenciones y Tratados Internacionales sobre materia cultural y específicamente sobre protección y conservación del Patrimonio Cultural, que imponen obligaciones de cumplimiento, como es el caso de la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural (Paris, 16 de noviembre de 1972), aprobada por el Perú mediante Resolución Legislativa Nº 23349 del 21 de diciembre de 1981 y ratificada el 24 de febrero de 1982, la misma que establece como obligación de los Estados la identificación y delimitación de los bienes situados en sus territorios y ejercitar las acciones orientadas a garantizar su protección y conservación eficaces.

Hacemos una referencia especial a la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (UNESCO, París, 2005), que el Perú aprobó mediante Resolución Legislativa Nº 28835 de 19 de julio de 2006, ratificada por el Decreto Supremo Nº 047-2006-RE de 25 de julio del mismo año, cuyo objetivo central es la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales, considerándose además otros objetivos como: la creación de condiciones para que las culturas prosperen y se desarrollen libremente, el fomento del diálogo entre las culturas y promover el respeto de la diversidad de las expresiones culturales, principios que no se están cumpliendo con la propuesta del Ejecutivo, desde que ésta se orienta a la disminución de los bienes del patrimonio y con ello se pone en riesgo también la vigencia de condiciones favorables para que nuestras culturas prosperen y se desarrollen.

No es posible dejar de referirnos al Decreto Supremo Nº 009-2009-ED de 19 de agosto del presente año que, contraviniendo las normas vigentes que establecen la necesidad de obtener el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA), como requisito indispensable para cualquier intervención en predios o terrenos con fines de inversión o concesiones, dispuso que los proyectos de inversión pública no necesitan cumplir esta obligación, favoreciendo así a los inversionistas y sacrificando el patrimonio arqueológico, lo que ahora se consolida con el cuestionado Proyecto de Ley.

Hacemos un llamado a todos los peruanos para que, respondiendo a los intereses comunes de todas las culturas que coexisten en nuestra patria, adoptemos comportamientos alturados, pero firmes, para demandar el respeto irrestricto de los derechos culturales y la conservación del valioso legado cultural que poseemos.

Lima, 30 de septiembre de 2009.



Comité de Gestión
Coalición Peruana para la Diversidad Cultural
coaperuana.diversidadcultural@gmail.com
coalicionperu_diversidadcultural@yahoogroups.com http://www.coalicionperuanadiversidadcultural.blogspot.com/

martes, 15 de septiembre de 2009

PRONUNCIAMIENTO


PRONUNCIAMIENTO

FRENTE A LA PROPUESTA DEL EJECUTIVO PARA MODIFICAR ARTICULOS DE LA LEY GENERAL DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN, RETIRANDO FACULTADES AL INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA

La Coalición Peruana para la Diversidad Cultural, frente al Proyecto de Ley Nº 3464/2009-PE, entregado al Presidente del Congreso de la República, el 4 de setiembre último, por el Presidente de la República y el Presidente del Consejo de Ministros, con el pedido expreso de “disponer su trámite con el carácter de URGENTE”, mediante el cual se propone la modificación de varios artículos de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, considera su responsabilidad asumir un pronunciamiento, el mismo que expresamos en los términos siguientes:

1- La Constitución Política del Perú dispone expresamente en su artículo 21º que “…los bienes culturales expresamente declarados y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado”. El reconocimiento y respeto de los derechos culturales que nuestra Constitución Política garantiza, deben ser cumplidos y honrados por la autoridad política del país.
El Poder Ejecutivo no puede renunciar a este mandato constitucional.

2- La Ley Nº 28296, del 22 de julio de 2004, establece políticas nacionales de defensa, protección, promoción, propiedad y régimen legal y el destino de los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación. El Artículo VI del Título Preliminar de dicha Ley señala que “los derechos de la Nación sobre los bienes declarados Patrimonio Cultural de la Nación son imprescriptibles”. Y el Artículo VII de su Título Preliminar indica que “el Instituto Nacional de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación dentro de los ámbitos de su competencia”.

Lejos de asumir la obligación de fortalecer a estas entidades para que tengan mejores condiciones técnicas y profesionales para el cumplimiento de su compleja labor, dada nuestra inmensa riqueza cultural, la propuesta del Poder Ejecutivo plantea retirar al Instituto Nacional de Cultura (INC), la facultad de declarar qué bienes inmuebles pertenecen al Patrimonio Cultural del Perú, propiciando la desmonumentalización de los bienes culturales ya declarados, que ya no tendrán más las calidades y valores culturales que fundamentaron su condición de bienes patrimoniales protegidos.

Esto es contrario al fortalecimiento de nuestra identidad nacional, al logro de la educación de calidad que tanto requerimos, a la valoración de nuestra autoestima como peruanos y al cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones contenidas en las Convenciones e instrumentos internacionales que el Perú ha ratificado y que han sido incorporadas en la normativa nacional.

3- El Perú es país suscriptor de la Convención de Viena sobre Tratados de las Naciones Unidas. Por tanto, de acuerdo con el texto de los Artículos 26 y 27 de este instrumento internacional, el Estado peruano no puede eximirse de cumplir sus obligaciones internacionales alegando normas de su derecho interno o vacío de la ley.

4- Esta propuesta del Ejecutivo se presenta en uno de los momentos de mayor crisis en lo referente al fomento de las diversas expresiones culturales del país, así como en la conservación, preservación y defensa del Patrimonio Cultural de la Nación, existiendo además un lamentable debilitamiento de las instituciones tutelares del Sector Cultura y la carencia de un Ministerio Rector que asuma la construcción y ejecución de políticas culturales y la conducción de programas y proyectos orientados al desarrollo cultural de nuestra patria. En contraposición, vivimos uno de los momentos más ventajosos que se ofrece a la inversión privada, dentro de casi todo el espacio del territorio nacional y en todos los campos y actividades, vía tratados de libre comercio y otros mecanismos facilitadores, sin considerar las reservas que son imprescindibles e irrenunciables cuando se trata de nuestras culturas, de todas las que coexisten dentro del territorio peruano.

5- Sentimos que la Exposición de Motivos del Proyecto de Ley que propone el Ejecutivo, que, de un lado, dispone el retiro de facultades y atribuciones del INC en cuanto a declarar qué bienes constituyen parte del patrimonio cultural de la Nación y, de otro, establece pautas para desmonumentalizar los bienes culturales declarados parte del patrimonio cultural de la Nación, se basa en criterios ajenos y contrarios a los de orden técnico y valorativo aceptados internacionalmente.

6- Señala el Proyecto de Ley que una de las causas del retraso o paralización de la ejecución de inversiones públicas y privadas es la “amplia regulación existente en materia de protección estatal sobre bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación, en perjuicio de los inversionistas”. Así se presenta a nuestra herencia histórica: como una traba para el desarrollo nacional y un impedimento para la inversión. Este Proyecto indica además que “la declaración de los bienes inmuebles como patrimonio cultural genera también importantes obligaciones patrimoniales y cargas sobre sus propietarios, quienes muchas veces optan por abandonarlos, por diversas razones…”; entre ellas,
“las dificultades para su gravamen o transferencia debido a las intensa regulación que les exige realizar engorrosos trámites ante el Instituto Nacional de Cultura”.

Basándose en estos argumentos, el Proyecto del Ejecutivo plantea dos disposiciones centrales:

Una, expresada en el Artículo 1º del Proyecto de Ley, que propone la adición del Artículo VIII al Título Preliminar de la Ley Nº 28296, que a la letra dice: “Los bienes que integran el Patrimonio Cultural de la Nación sólo son declarados como tales por Ley del Congreso de la República”. Lo que en consecuencia implica la derogatoria del Artículo VII del Titulo Preliminar de la citada Ley, es decir que ni el INC, ni la Biblioteca Nacional, ni el Archivo General de la Nación serán competentes para declarar qué bienes integrarán el Patrimonio Cultural de la Nación.

Y otra que se expresa en su Artículo 3º, que establece adicionar una Tercera Disposición Transitoria a la Ley Nº 28296, cuyo tenor señala: “En un plazo no mayor de 180 días calendario, el Instituto Nacional de Cultura-INC revisará la declaración de bienes inmuebles de propiedad privada como bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, pudiendo retirar dicha condición, de conformidad con la normatividad vigente, cuando sea onerosa, ineficiente o cuando la preservación del patrimonio sea impracticable”. Lo que implica la derogatoria del Artículo VI del Titulo Preliminar de la citada Ley, que considera imprescriptible la declaración de Patrimonio Cultural de la Nación, introduciendo consideraciones contrarias a los criterios técnicos respaldados por la normativa supranacional y nacional.

La propuesta modificatoria y derogatoria de los articulados de la Ley Nº 28296, no ha tenido en cuenta el carácter social, público y común, que reconocemos tiene el Patrimonio Cultural, que es el referente de identidad y permanencia de la Nación a través del tiempo, y que se requiere, por tanto, valorarlo como herencia colectiva y compartida para garantizar su transmisión a las nuevas generaciones, siendo ineludible un programa de protección y defensa sustentado en la educación, la salvaguardia y el respeto, que definitivamente esta administración gubernamental ha olvidado. Tampoco ha tomado en cuenta que el desarrollo sólo es éticamente justificable si es cultural y ambientalmente sostenible.

Demandamos un pronunciamiento del Instituto Nacional de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, instituciones responsables de la tutela de nuestro Patrimonio Cultural que no deben mantener silencio.

Hacemos un llamado al Poder Ejecutivo, al Poder Legislativo y a las Instituciones competentes para que analicen y reconozcan sus responsabilidades y roles, asuman actitudes correspondientes con los principios consagrados por la Constitución y las Leyes de la Nación y dispongan las medidas necesarias para dejar sin efecto el Proyecto de Ley No. 3464/2009-PE, propuesto por el Poder Ejecutivo, manteniendo la plena vigencia de la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.

La Coalición Peruana para la Diversidad Cultural exige enérgicamente que la formulación de políticas culturales para nuestro país exprese los sueños e identidades de todos los peruanos y ocupe un lugar preferente en la Agenda de Gobierno, reafirmando a la Cultura como la finalidad última del desarrollo.

Reiteramos y reclamamos la urgente y pronta creación de un Ministerio de Cultura para nuestro país, como institución ejecutiva que trabaje de manera intersectorial, estableciendo políticas adecuadas para el respeto y fomento de las expresiones de la Diversidad Cultural, para la conservación de nuestro Patrimonio y en definitiva para el desarrollo integral de nuestro país.

Lima, 16 de septiembre de 2009

martes, 8 de septiembre de 2009

Declaración de la Coalición Peruana para la Diversidad Cultural

LA CULTURA Y LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO

El gobierno del Perú está por concluir las negociaciones para la firma del Tratado de Libre Comercio con los países de la Unión Europea, al mismo tiempo que está llevando adelante negociaciones similares con otros países, después de haber firmado tratados de esta naturaleza con los Estados Unidos de Norteamérica, China y Chile. En todos estos casos es motivo de preocupación el procedimiento y los contenidos de dichos acuerdos en materia cultural.

Considerando esta situación, personalidades y representantes de instituciones, empresas y trabajadores del quehacer cultural en general reunidos en la Coalición Peruana para la Diversidad Cultural, conscientes de la necesidad de incorporar una excepción cultural en dichos Tratados, de acuerdo con la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales de la UNESCO, de octubre de 2005, manifestamos al Poder Ejecutivo, al Congreso de la República y a la opinión pública lo siguiente:

1. La cultura es la esencia de la construcción de una sociedad justa y democrática.

2. Nuestra cultura está conformada por un amplio y rico patrimonio histórico material e inmaterial, manifestado mediante formas de vida y pensamiento que se transmiten de una generación a otra a través de las letras, la música, la danza, las artes representativas, las artes visuales, las artes plásticas, la artesanía, la ciencia, las lenguas y toda otra forma de expresión cultural.

3. Reconocemos nuestra riqueza multicultural como el eje esencial para el desarrollo integral de nuestro país, porque nutre nuestras capacidades y valores humanos y facilita la identidad nacional, la comunicación, la integración y la búsqueda de un destino común.

4. En un mundo cada vez más globalizado, es imprescindible reafirmar nuestra diversidad
cultural y sus identidades locales por ser uno de los factores fundamentales del desarrollo sostenible con valores de paz, gobernabilidad democrática y modernidad.

5. La producción de bienes y servicios culturales representa un valor simbólico de identidad, historia, vida y afirmación de la nacionalidad, constituyendo patrimonio de todos los peruanos y sus expresiones no deben ser equiparadas a cualquier otro bien o servicio comercial. La lógica del mercado no puede regir el ámbito cultural.

6. El Artículo 2, inciso 4 de la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales de la UNESCO, vigente con fuerza de Ley para todos los países que la han suscrito y participan en actuales negociaciones sobre Tratados de Libre Comercio, manifiesta que: “la cooperación y la solidaridad internacionales deberán estar encaminadas a permitir a todos los países, en especial a los países en desarrollo, crear y reforzar sus medios de expresión cultural, comprendidas sus industrias culturales, nacientes o establecidas, en el plano local, nacional e internacional”.

7. Todo ciudadano tiene derecho a ser reconocido y a vivir la Diversidad Cultural, debiendo el Estado promover y fomentar las diversas expresiones creativas y culturales mediante el desarrollo de una Política Cultural para un país de todos los peruanos.

POR LO EXPUESTO, considerando que las negociaciones de los Tratados de Libre Comercio entre nuestro país y los diversos países de la Unión Europea y del mundo que se encuentran en negociación, pueden involucrar enormes asimetrías entre sus industrias culturales y las nuestras, así como con nuestra legislación sobre protección y promoción en materia cultural, manifestamos que:


a. Los acuerdos bilaterales, regionales o multilaterales de comercio no pueden inhabilitar los aspectos fundamentales en las políticas públicas de los Estados en materia cultural.

b. Las futuras políticas culturales que disponga nuestro Estado no pueden ser restringidas por los acuerdos comerciales que estén por suscribirse en el presente.

POR TANTO, demandamos lo siguiente:

I..- Que en las negociaciones del Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea y en todos los TLC que se vienen negociando, se contemple establecer una excepción o reserva en materia cultural que preserve al conjunto de la creación, producción y distribución cultural (incluyendo bajo este concepto todo tipo de bienes y servicios culturales, tanto recreativos como educativos, difundidos en forma directa o mediante el comercio electrónico y las telecomunicaciones en todas sus formas).

II.- Que sea una política permanente del Estado Peruano resguardar nuestra soberanía cultural mediante la salvaguarda de las redes e instituciones que permiten la producción y distribución de nuestras expresiones culturales como parte de la excepción en materia cultural que debe estar presente en toda negociación que se lleve a cabo a nivel internacional.

III. Que el Estado peruano resguarde nuestra soberanía para continuar legislando a futuro sobre políticas culturales en nuestro país, salvaguardando la producción y distribución cultural como excepción en toda negociación que llevara a cabo a nivel internacional, y permita que la ciudadanía pueda estar informada y tenga posibilidad de emitir opinión sobre los pormenores de las negociaciones de los TLC y que, sin excepción alguna, estos sean estudiados y sometidos a la decisión del Congreso de la República antes de hacerse efectivos.

IV.- Que la Coalición Peruana para la Diversidad Cultural tenga participación efectiva en todo el proceso de las negociaciones de los TLC y otros acuerdos internacionales que el Estado peruano pudiera negociar sobre temas culturales.

Lima, 4 de Septiembre de 2009.


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DEFINICIONES

Los bienes y servicios culturales son todos aquellos bienes y servicios que transmiten contenidos culturales, los cuales adquieren su especificidad porque transmiten valores, significados e identidades y por lo tanto, no son solamente productos de consumo.

El contenido cultural se refiere a la producción de creadores y de industrias culturales, que incluye pero no está limitada al teatro, el cine y demás artes visuales, la arquitectura y el diseño, la música y grabaciones de sonido, los libros y publicaciones, la transmisión y retransmisión de programas y otras formas de medios, incluyendo Internet y multimedia, existentes o por existir, los monumentos históricos y las colecciones y exposiciones de museos, galerías y bibliotecas que incluyen archivos relacionados con el patrimonio cultural de una sociedad.

Las Industrias Culturales son aquellas actividades que crean, producen, publican, distribuyen, exhiben, proveen o venden, contenidos culturales.

La Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales fue aprobada por la Conferencia general de la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura) en su 33º reunión, celebrada en París del 3 al 21 de octubre de 2005.

Federación Internacional de Coaliciones para la Diversidad Cultural -




Declaración de Principios de la Coalición para la Diversidad Cultural

CONSIDERANDO - que la cultura es la expresión privilegiada de la identidad y de la creatividad humanas en toda su diversidad, y que ella constituye un patrimonio inalienable para el conjunto de la humanidad;

- que a nivel mundial, esa diversidad está fundada en una multiplicidad de características y de experiencias locales y regionales que aseguran su riqueza y su desarrollo;

- que esas características y esas experiencias se expresan por medio de la creatividad de los individuos y del dinamismo de empresas que hacen posible su producción, su difusión y su proyección tanto al interior como al exterior de las fronteras nacionales;

- que la vitalidad de esas diversas actividades culturales está íntimamente ligada a los recursos de los Estados;

- que la aceleración de la mundialización de los intercambios comerciales, en virtud de que coloca frente a frente Estados y empresas con recursos desiguales, puede obstaculizar la difusión y la proyección de las culturas y restringir seriamente el acceso a la diversidad cultural para todos.

AFIRMAMOS - que la diversidad cultural es un derecho fundamental de la humanidad y que los Estados deben asegurar su salvaguardia y su promoción.

NOS PARECE ESENCIAL - que los Estados y gobiernos tengan la entera libertad de adoptar las políticas necesarias al sostén de la diversidad de expresiones culturales y a la viabilidad de las empresas que las
producen y las difunden;

- que los acuerdos comerciales internacionales estén sujetos al respeto integral de esas políticas;

- que la aplicación de esas políticas no sea objeto de represalia alguna.

PRECONIZAMOS - que sea adoptado un nuevo instrumento internacional que establezca los principios esenciales
de la diversidad cultural y consagre el derecho fundamental de los Estados y gobiernos a adoptar las políticas necesarias al sostén de la diversidad cultural;

- que de ahora y hasta la adopción de ese nuevo instrumento internacional, los Estados se abstengan de compromisos en la liberalización del comercio que afecten el ámbito de la cultura, sea en el marco de las negociaciones de la OMC o de toda otra negociación sobre comercio internacional;

- que ese nuevo instrumento internacional sea desarrollado y administrado · en un foro intergubernamental apropiado, que reconozca de entrada el carácter excepcional de las obras, producciones, bienes y servicios culturales, · y no bajo la égida de la OMC o de otros organismos en los que dominen las reglas usuales del comercio internacional de mercancías;

- que las disposiciones de ese instrumento prevalezcan sobre las de los acuerdos de comercio internacional, y que las decisiones que se desprendan de su puesta en aplicación, principalmente en caso de litigio, sean de naturaleza ejecutoria.

ACTA DE CONSTITUCION










ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA COALICIÓN PERUANA
PARA LA DIVERSIDAD CULTURAL

Conscientes de la importancia de promover y defender la cultura y los bienes culturales de nuestro país, los abajo firmantes personalidades y representantes de instituciones, empresas y trabajadores del quehacer cultural en general, constituimos la COALICIÓN PERUANA PARA LA DIVERSIDAD CULTURAL manifestando lo siguiente:

1. La cultura es la esencia de la construcción de una sociedad justa y democrática.

2. Nuestra cultura está conformada por el patrimonio histórico material e inmaterial y se manifiesta a través de formas de vida y pensamiento que se transmiten de una generación a otra a través de las letras, la música, la danza, las artes representativas, las artes visuales, las artes plásticas, la artesanía, la ciencia, las lenguas y toda otra forma de expresión cultural.

3. Reconocemos nuestra riqueza multicultural como el eje esencial para el desarrollo integral de nuestro país.

4. En un mundo cada vez más globalizado es imprescindible reafirmar nuestra diversidad cultural y sus identidades locales.

5. La producción de bienes y servicios culturales representa un valor de identidad, historia y vida nacional constituyendo patrimonio de todos los peruanos y no debe ser equiparada a cualquier otro bien o servicio comercial. La lógica del mercado no puede regir el ámbito cultural.

6. Todo ciudadano tiene derecho a ser reconocido y a vivir la Diversidad Cultural, debiendo el Estado promover y fomentar las diversas expresiones creativas y culturales mediante el desarrollo de una Política Cultural para un país de todos los peruanos.

Lima, 8 de julio del 2004

(Firmado)
Edgar Saba
Director Centro Cultural Pontificia
Universidad Católica del Perú

Alberto Durant
Asociación de Productores
Cinematográficos

Germán Coronado
Cámara Peruana del Libro
Comisión de Ley del Libro

Alejandro Lara
APDAYC

Enrique Victoria Fernández
ANAIE

Augusto Varillas Fernández
Presidente de ANAIE

Marcelino Matta
ANAIE, Director General


Elvira de la Puente Haya
Congresista

Guillermo Cortés Carcelén
Sub Director de Comunicaciones
INC

Leonor Cisneros Velarde
Antropóloga

René Weber
Cineasta

Christian Wiener
Vicepresidente CONACINE

Pedro Pablo Alayza
ICPNA, Director Cultural

Ciro Umeres
Secretario General
Sindicato de Artistas Intérpretes del Perú

Enrique Cabrera Rivera
Sindicato de Músicos del Perú
Francisco Adrianzén
Cineasta

Gabriel Quispe
Cine Arte del Centro Cultural de San
Marcos

Juan José Cabello
Coordinador Académico
Centro Cultural PUCP